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Aviso al Público.Ley 5859, art 5

 LEY 5859-ART 5

Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será equivalente al cuatro con quince centésimos  por ciento (4,15%) del valor total del contrato.