LEY 5859-ART 5
Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato.